sábado, 18 de agosto de 2007

LAS NACIONES UNIDAS


La Organización de las Naciones Unidas (O.N.U.) o Naciones Unidas es la mayor organización internacional del mundo. Se define a sí misma como una asociación de gobiernos global que facilita la cooperación en asuntos como el Derecho internacional, la paz y seguridad internacionales, el desarrollo económico y social, los asuntos humanitarios y los derechos humanos. Constituye el foro más importante de la diplomacia multilateral.

La ONU fue fundada oficialmente el 24 de octubre de 1945 en San Francisco, California por 51 países, al finalizar la Segunda Guerra Mundial, con la firma de la Carta de las Naciones Unidas por parte de 51 estados. Dicha carta expresa que sus propósitos son: mantener la paz y la seguridad internacionales; fomentar entre las naciones relaciones de amistad basadas en el respeto al principio de la igualdad de derechos y al de la libre determinación de los pueblos; realizar la cooperación internacional en la solución de problemas internacionales; y servir de centro que armonice los esfuerzos de las naciones por alcanzar tales propósitos comunes. Reemplazó a la Sociedad de Naciones (SDN), fundada en 1919, ya que dicha organización había fallado en su propósito de evitar otra guerra mundial, habiéndose otorgado a sí misma la misión de resolver los conflictos, en general bélicos, de carácter internacional.

En la actual organización se pone de manifiesto las circunstancias que rodearon su fundación, ya que cualquiera de los cinco miembros permanentes del Consejo de Seguridad tiene poder de veto en cualquier resolución de la ONU, y son las principales potencias victoriosas de la Segunda Guerra Mundial, o sus Estados sucesores: República Popular China (que reemplazó a la República de China), Francia, Rusia (que sucedió a la Unión Soviética), el Reino Unido, y los Estados Unidos.

Desde su sede en Nueva York, los Estados miembros de las Naciones Unidas y otros organismos vinculados proporcionan consejo y deciden acerca de temas significativos y administrativos en reuniones periódicas celebradas durante el año. La ONU está estructurada en diversos organismos administrativos: Asamblea General, Consejo de Seguridad, Consejo Económico y Social, Secretaría General, Consejo de Administración Fiduciaria y la Corte Internacional de Justicia. Además, otros organismos se encargan del resto de las tareas, como la UNESCO o la OMS.

La figura más pública de la ONU es el Secretario General. El actual es Ban Ki-moon de Corea del Sur, que asumió el puesto el 1 de enero de 2007, reemplazando a Kofi Annan.

En el año 2007, la ONU posee 192 Estados miembros, prácticamente todos los países soberanos reconocidos internacionalmente. Hay excepciones como la Santa Sede, que tiene calidad de observador, y Taiwán (un caso especial). La ONU posee un servicio internacional de radio, un medio informativo de que actualmente emite en los seis idiomas oficiales del organismo (español, francés, inglés, ruso, chino y árabe), además de portugués y Kizwahili.

Historia

Harry Truman en la conferencia fundacional en San Francisco, 1945.El término «Naciones Unidas» se pronunció por primera vez en plena Segunda Guerra Mundial por el entonces presidente de los Estados Unidos Franklin Roosevelt, en la Declaración de las Naciones Unidas, el 1 de enero de 1942 como una alianza de 26 países en la que sus representantes se comprometieron a defender la Carta del Atlántico y para emplear sus recursos en la guerra contra el Eje Roma-Berlín-Tokio (Potencias del Eje).

La idea de la ONU fue elaborada en la declaración emitida en la conferencia de los aliados, celebrada en 1943, en Teherán. El entonces presidente de los Estados Unidos, sugirió el nombre de Naciones Unidas. De agosto a octubre de 1944, representantes de Francia, la República de China, el Reino Unido, los Estados Unidos y la Unión Soviética celebraron la conferencia de Dumbarton Oaks para esbozar los propósitos de la organización, sus miembros, los organismos, y las disposiciones para mantener la paz, seguridad y cooperación internacional.

El 25 de abril de 1945 se celebró la primera conferencia en San Francisco (la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Organización Internacional). Además de los gobiernos, fueron invitadas organizaciones no gubernamentales. El 26 de junio las 50 naciones representadas en la conferencia firmaron la Carta de las Naciones Unidas. Polonia, que no había estado representada en la conferencia, añadió su nombre más tarde entre los signatarios fundadores, para un total de 51 Estados.

La ONU comenzó su existencia después de la ratificación de la Carta por la República de China, Francia, la Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas (URSS), el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte y los Estados Unidos (EE.UU.) y la gran mayoría de los otros 46 miembros. El primer período de sesiones de la Asamblea General se celebró el 10 de enero de 1946 en Central Hall Westminster (Londres). La Sociedad de Naciones se disolvió oficialmente el 18 de abril de 1946 y cedió su misión a las Naciones Unidas.

En 1948 se proclama de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, uno de los logros más destacados de la ONU.

Los fundadores de la ONU tenían grandes esperanzas de que sirviera para prevenir nuevas guerras. Estos deseos no se han hecho realidad en muchos casos. Desde 1947 hasta 1991, la división del mundo en zonas hostiles durante la llamada guerra Fría hizo muy difícil este objetivo, debido al sistema de veto en el Consejo de Seguridad. Desde 1991 las misiones de paz de la ONU se han hecho más complejas abarcando aspectos no militares que asegurasen un adecuado funcionamiento de las instituciones civiles, como en las elecciones.

Estados miembros

Desde 2006 y después de la adhesión de Montenegro, el número de estados miembros es de 192. Están incluidos todos los estados reconocidos internacionalmente, aunque notables ausencias son:

La Ciudad del Vaticano (la Santa Sede es miembro observador), Palestina (la Organización para la Liberación de Palestina es miembro observador), La República de China-Taiwán (cuyo asiento en la ONU fue transferido a la República Popular China en 1971), y el Sáhara Occidental (oficialmente es un territorio no autónomo de administración española, como indica el documento S/2002/161).

El último país en ser admitido fue Montenegro, el 28 de junio de 2006.

El artículo 4, del Capítulo 2 de la Carta de las Naciones Unidas estable los requisitos para ser Estado miembro:

Podrán ser Miembros de las Naciones Unidas todos los demás Estados amantes de la paz que acepten las obligaciones consignadas en esta Carta, y que, a juicio de la Organización, estén capacitados para cumplir dichas obligaciones y se hallen dispuestos a hacerlo.

La admisión de tales Estados como Miembros de las Naciones Unidas se efectuará por decisión de la Asamblea General a recomendación del Consejo de Seguridad.

Sede

Sede principal de Nueva YorkLa sede principal de Naciones Unidas fue construida sobre un terreno de 18 acres (72843,4156 m²) en Nueva York entre 1949 y 1950; terreno que fue donado por John D. Rockefeller, Jr. a Naciones Unidas, y que se extiende desde 42nd Street a 48th Street, y de First Avenue al East River.

Fue diseñada por un equipo internacional de arquitectos encabezados por el estadounidense Wallace K. Harrison, y formado por N.D. Bassov (Unión Soviética), Gaston Brunfaut (Bélgica), Ernest Cormier (Canadá), Le Corbusier (Francia), Liang Ssu-cheng (China), Sven Markelius (Suecia), Oscar Niemeyer (Brasil), Howard Robertson (Reino Unido), G.A. Soilleux (Australia), y Julio Vilamajó (Uruguay). Fue oficialmente inaugurada el 9 de enero de 1951.

El complejo incluye los siguientes edificios: la Secretaría (una torre de 39 pisos), la Asamblea General, la Biblioteca Dag Hammarskjöld y el área de Conferencias. También hay jardines y esculturas exteriores.

Aunque el terreno sobre el que se edifican los edificios está en Estados Unidos, la sede goza de extraterritorialidad, como si fuera una embajada, de forma que tiene sus propias brigadas anti-incendios, fuerzas de seguridad e incluso su propia emisión de sellos, aunque no otorga inmunidad a criminales que pretendan buscar refugio allí.

Mientras la sede principal está en Nueva York, existen otras sedes en Ginebra, La Haya, Viena, Montreal, Copenhague, Bonn, Nairobi, París, Santiago de Chile, Adis Abeba.

Idiomas oficiales

La ONU tiene seis idiomas oficiales: árabe, chino, español, francés, inglés y ruso. Casi todas las reuniones oficiales son interpretadas (traducidas simultáneamente) en todos estos idiomas, así como son traducidos todos los documentos oficiales, en formato impreso o electrónico. Los principales idiomas de trabajo de la ONU son el inglés y el francés, o el inglés, el francés y el español. En 2005 hubo una polémica debido a que un documento en una cumbre de la organización, sólo estuvo escrito en inglés.

Financiamiento

Principales contribuyentes al presupuesto ordinario de la ONU (2006)

EE.UU. 22,00 %
Japón 19,47 %
Alemania 8,66 %
Reino Unido 6,13 %
Francia 6,03 %
Italia 4,89 %
Canadá 2,81 %
España 2,52 %
China 2,05 %
México 1,88 %
Corea del Sur 1,79 %
Países Bajos 1,69 %
Australia 1,59 %
Brasil 1,52 %
Suiza 1,19 %

La financiación de las Naciones Unidas y de algunas de sus agencias especializadas está asegurada por las contribuciones obligatorias de los estados miembros. En el caso de algunas agencias especializadas, su financiación proviene de contribuciones voluntarias de estados miembros, organizaciones, empresas o particulares.

La Asamblea General establece en el presupuesto ordinario las contribuciones obligatorias durante dos años ($1,924,840,250 de dólares en 2006) y determina la aportación de cada miembro en base a la capacidad de pago de los países, calculado del ingreso nacional por habitante; no obstante, para mantener un nivel de independencia, el nivel máximo de contribución está fijado en el 22% (el nivel mínimo es un 0.01% del total). Es importante señalar que las contribuciones obligatorias no siempre son satisfechas por los países y conforme al artículo 19 de la Carta de las Naciones Unidas se le puede quitar el derecho al voto en la Asamblea General al Estado Miembro cuyos atrasos de pago igualen o superen la cantidad que debiera haber contribuido en los dos años anteriores.

Objetivos y actividades

Objetivos

En el preámbulo de la Carta de las Naciones Unidas se pone de manifiesto que las razones de existencia de esta organización son:

Preservar a la humanidad de la guerra
Reafirmar la fe en los derechos fundamentales del hombre.
Crear condiciones bajo las cuales puedan mantenerse la justicia y el derecho internacional.
Promover el progreso social.

Eventos internacionales

Cuando un tema es considerado particularmente importante, la Asamblea General puede convocar una conferencia internacional para centrar atención global y construir un consenso para una acción unificada. Un ejemplo sería la Conferencia de Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo (Cumbre de la Tierra), del 3 al 14 de junio de 1992, cuyos acuerdos dieron lugar a la adopción del programa Agenda 21 por 179 países.

En este mismo sentido de centrar la atención en temas importantes de interés internacional, la ONU declara celebraciones internacionales, como días, años, etc., para promover, movilizar y coordinar eventos en todo el mundo.

Control de armas y desarme

La Carta de las Naciones Unidas en su artículo 26, concibió la posibilidad de un sistema de regulación de los armamentos que aseguraría la menor desviación posible de los recursos humanos y económicos del mundo hacia los armamentos. La aparición de las armas nucleares ocurrió semanas después de la firma de la Carta y esto supuso un impulso inmediato en el desarrollo de la noción de control de armamento y de desarme. De hecho, la Asamblea General de la ONU adoptó en su primera resolución (febrero de 1946), se refería a los usos pacíficos de la energía atómica y a la eliminación de armas atómicas de destrucción masiva.

La ONU ha establecido varios foros para dirigir los temas del desarme. El principal es el Primer Comité de la Asamblea General de Naciones Unidas sobre Desarme y Seguridad internacional [7][8], en cuya agenda se ha tomado en cuenta la prohibición completa de los ensayos nucleares, la prohibición de armas químicas, la no proliferación de las armas nucleares, el establecimiento de zonas libres de armas nucleares, el prevenir, combatir y erradicar el tráfico ilícito de armas pequeñas y ligeras en todos sus aspectos, la exploración y utilización del espacio ultraterrestre con fines pacíficos, el mantenimiento de la seguridad internacional...

En junio de 1978, el primer periodo extraordinario de sesiones de la Asamblea General dedicado al desarme estableció una Comisión de Desarme como un órgano subsidiario de la Asamblea, compuesto por todos los Estados Miembros de las Naciones Unidas. Fue creado como un órgano de deliberación, con la función de considerar diferentes problemas en la esfera del desarme y hacer recomendaciones al respecto y con la de dar seguimiento a las decisiones y recomendaciones pertinentes del periodo extraordinario de sesiones. Desde el año 2000 su agenda se ocupa sólo de dos temas sustantivos. Esta Comisión presenta un informe anual a la Asamblea General.

Mantenimiento de la paz

Las Fuerzas de Paz de la ONU (los "cascos azules") son enviadas a varias regiones donde han cesado recientemente conflictos armados, para de este modo, hacer cumplir los acuerdos paz y disuadir a los combatientes de reanudar las hostilidades. Debido a que la ONU no mantiene un ejército independiente, los efectivos son suministrados por estados miembros, y su participación es opcional. La autoridad para enviar o retirar a los contingentes de mantenimiento de la paz está en manos del gobierno que los aporta, al igual que la responsabilidad en relación con la paga y cuestiones disciplinarias y de personal.

El Consejo de Seguridad normalmente establece y define las operaciones de mantenimiento de la paz, para ello asigna un mandato a la misión, es decir, una descripción de sus tareas. Para establecer una nueva misión de mantenimiento de la paz o modificar el mandato de una misión existente, nueve de los 15 Estados miembros del Consejo tienen que votar a favor; sin embargo, la propuesta fracasa si alguno de los cinco miembros permanentes del Consejo de Seguridad (China, Estados Unidos, Rusia, Francia y Reino Unido) vota en contra.

Todos los estados miembros tienen la obligación legal de pagar la parte que les corresponde del costo de las actividades de mantenimiento de la paz en el marco de una fórmula compleja que ellos mismos establecieron, que incluye una sobrecarga para los cinco miembros permanentes de Consejo de Seguridad. Los países que aportan voluntariamente personal uniformado a las operaciones de mantenimiento de la paz son reembolsados por las Naciones Unidas a una tasa fija de un poco más de 1.000 dólares por soldado por mes. Las Naciones Unidas también reembolsan a los países por el equipo que aportan.

Las fuerzas de paz de la ONU recibieron en 1988 el premio Nobel de la Paz. En 2001, la ONU y su Secretario General Kofi Annan ganaron el premio Nobel de la Paz Nobel “por su trabajo por un mejor mundo organizado y más pacífico”.

La ONU concede medallas de Naciones Unidas [9], a los miembros del servicio militar que hacen cumplir los acuerdos de la Organización.

Derechos humanos

La preocupación por los derechos humanos fue una de las razones principales para la creación de las Naciones Unidas. Las atrocidades y el genocidio de la Segunda Guerra Mundial contribuyeron a un consenso para que la nueva organización debiera trabajar para prevenir tragedias similares en el futuro. En este sentido se creó un marco jurídico para considerar y actuaba sobre quejas referidas a violaciones de los derechos humanos.

La Carta de la ONU (arts. 55 y 56) obliga a todos sus miembros a promover "el respeto universal a los derechos humanos y a las libertades fundamentales de todos" y para tomar "medidas conjunta o separadamente, en cooperación con la Organización" para tal fin. La Declaración Universal de los Derechos Humanos, aunque no legalmente vinculante, fue adoptada por la Asamblea General en 1948 como un patrón de realización para todos; y consecuentemente, la Asamblea se ocupa regularmente de las cuestiones referidas a los derechos humanos.

El 15 de marzo de 2006 la Asamblea General de la ONU votó de forma abrumadora [10] para substituir la Comisión de Derechos Humanos de las Naciones Unidas (UNCHR) por el Consejo de Derechos Humanos de la ONU. Su propósito es tratar violaciones de los derechos humanos. El UNCHR había sido criticado en varias ocasiones por los miembros que la componían, concretamente, varios de sus miembros, como Sudán o Libia, poseían un dudoso historial de respeto de los derechos humanos, incluyendo a los representantes elegidos para presidir la comisión.

Actualmente hay siete organismos de Carta Internacional de Derechos Humanos, que incluyen al Comité de Derechos Humanos (HRC) y al Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (CEDAW). El soporte de la Secretaría General se proporciona a través de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (OHCHR), excepto del CEDAW, que lo recibe de la División para el Adelanto de la Mujer (DAW).

Las Naciones Unidas y sus agencias son fundamentales en mantener y aplicar los principios en emanados de la Declaración universal de los Derechos Humanos; por ejemplo, el apoyo de la ONU para los países en transición a la democracia ha contribuido significativamente a la democratización por todo el mundo, y se ha manifestado en la asistencia técnica para posibilitar elecciones libres y justas, en mejorar las estructuras judiciales, en redactar constituciones, en formar funcionarios, o en transformar los movimientos armados en partidos políticos. Esto se ha visto recientemente en Afganistán y Timor Oriental.

Naciones Unidas es también un foro para apoyar los derechos de la mujer para participar plenamente en la vida política, económica y social de sus países. La ONU contribuye a elevar el significado del concepto de derechos humanos a través de sus tratados y su atención a los abusos específicos con sus resoluciones de la Asamblea General o del Consejo de Seguridad o los fallos de la Corte Internacional de Justicia (ICJ).

Asistencia humanitaria

Conjuntamente con otras organizaciones, tales como la Cruz Roja, la ONU proporciona comida, agua potable, refugio y otros servicios humanitarios a poblaciones que sufren hambre, desplazados por guerra, o afectados por otros desastres. Las agencias humanitarias más importantes de la ONU son el Programa Mundial de Alimentos (WFP) (que contribuye alimentando a más de 100 millones de personas al año en 80 países), el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (UNHCR-ACNUR), que asiste en 116 países, y apoya misiones de paz en 24 países; sin embargo, se producen ocasionalmente ataques a los trabajadores humanitarios.

La ONU también está involucrada en apoyar desarrollo económico. El Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (UNDP) es la mayor organización internacional para garantizar asistencia técnica en el mundo. Las organizaciones como UNAIDS-ONUSIDA, OMS-WHO y el Fondo Mundial de Lucha contra el SIDA, la Tuberculosis y la Malaria [11], son instituciones que encabezan la batalla para combatir las enfermedades en el mundo, especialmente en países pobres, y que ha ayudado a reducir la mortalidad infantil y maternal en 100 países. En diciembre de 2005, la Asamblea General creó el Fondo de respuesta a emergencias (CERF) como un nuevo sistema que mejorara la coordinación de la ayuda humanitaria, proporcionando una ayuda humanitaria más oportuna y más responsable a las víctimas de desastres naturales o hechos por el hombre.

Naciones Unidas publica anualmente el Índice de Desarrollo Humano (IDH), como una forma de ordenar comparativamente los países por su pobreza, la instrucción, la educación, la esperanza de vida, y otros factores como el gasto militar.

En definitiva, la ONU fomenta el desarrollo humano por medio de varias agencias y departamentos:

Organización Mundial de la Salud (WHO) eliminó la viruela in 1977, y está cerca de eliminar la poliomielitis.
Banco Mundial / Fondo Monetario Internacional (IMF),
son agencias especializadas e independientes, que son observadores en el entramado de la ONU.
Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (UNEP)
Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (UNDP)
Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO)
Fondo de Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF)
Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (UNHCR)

Objetivos de Desarrollo del Milenio

Los Objetivos de Desarrollo del Milenio ya aparecen en la Declaración del Milenio, adoptada por la Asamblea General y firmada por 189 países miembros de la ONU el 8 de septiembre de 2000, tras la Cumbre del Milenio; y en este sentido, en la Cumbre mundial de 2005 (14-16 de septiembre de 2005), los representantes de los entonces 191 miembros de la ONU, los reafirmaron como ocho objetivos a alcanzar para el año 2015.

Objetivo 1: Erradicar la pobreza extrema y el hambre:

Reducir a la mitad el porcentaje de personas cuyos ingresos sean inferiores a 1 dólar por día.
Reducir a la mitad el porcentaje de personas que padecen hambre

Objetivo 2: Lograr la enseñanza primaria universal.

Velar por que todos los niños y niñas puedan terminar un ciclo completo de enseñanza primaria.

Objetivo 3: Promover la igualdad entre los géneros y la autonomía de la mujer.

Eliminar las desigualdades entre los géneros en la enseñanza primaria y secundaria, preferiblemente para el año 2005, y en todos los niveles de la enseñanza para 2015

Objetivo 4: Reducir la mortalidad infantil.

Reducir en dos terceras partes la tasa de mortalidad de los niños menores de 5 años.

Objetivo 5: Mejorar la salud materna.

Reducir la tasa de mortalidad materna en tres cuartas partes.

Objetivo 6: Combatir el VIH/SIDA, el paludismo y otras enfermedades.

Detener y comenzar a reducir la propagación del VIH/SIDA.
Detener y comenzar a reducir la incidencia del paludismo y otras enfermedades graves.

Objetivo 7: Garantizar la sostenibilidad del medio ambiente.

Incorporar los principios de desarrollo sostenible en las políticas y los programas nacionales; invertir la pérdida de recursos del medio ambiente.
Reducir a la mitad el porcentaje de personas que carecen de acceso al agua potable.
Mejorar considerablemente la vida de por lo menos 100 millones de habitantes de tugurios para el año 2020.

Objetivo 8: Fomentar una asociación mundial para el desarrollo.
Desarrollar aún más un sistema comercial y financiero abierto, basado en normas, previsible y no discriminatorio. Ello incluye el compromiso de lograr una buena gestión de los asuntos públicos y la reducción de la pobreza, en cada país y en el plano internacional.
Atender las necesidades especiales de los países menos adelantados. Ello incluye el acceso libre de aranceles y cupos para las exportaciones de los países menos adelantados, el programa mejorado de alivio de la deuda de los países pobres muy endeudados y la cancelación de la deuda bilateral oficial y la concesión de una asistencia oficial para el desarrollo más generosa a los países que hayan mostrado su determinación de reducir la pobreza.
Atender a la necesidades especiales de los países en desarrollo sin litoral y de los pequeños Estados insulares en desarrollo.
Encarar de manera general los problemas de la deuda de los países en desarrollo con medidas nacionales e internacionales a fin de hacer la deuda sostenible a largo plazo.
En cooperación con los países en desarrollo, elaborar y aplicar estrategias que proporcionen a los jóvenes un trabajo digno y productivo.
En cooperación con las empresas farmacéuticas, proporcionar acceso a los medicamentos esenciales en los países en desarrollo.
En colaboración con el sector privado, velar por que se puedan aprovechar los beneficios de las nuevas tecnologías, en particular, los de las tecnologías de la información y de las comunicaciones.


Sistema de las Naciones Unidas

El artículo 7 de la Carta de las Naciones Unidas indicaba que los órganos principales de la organización eran:

La Asamblea General
El Consejo de Seguridad
El Consejo Económico y Social
El Consejo de Administración Fiduciaria
La Corte Internacional de Justicia
La Secretaría

Además la Carta posibilitaba que cada órgano pudiera establecer los organismos subsidiarios que estimara necesarios para el desempeño de sus funciones.

Una de las características singulares del sistema de la ONU es la duplicación de la responsabilidad. Por ejemplo, UNODOC (Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito) informa a la Secretaría General, la Asamblea General supervisa UNICRI (Instituto Interregional para Investigaciones sobre la Delincuencia y la Justicia), pero el Comité Económico y Social tiene dos comisiones orgánicas distintas, la de estupefacientes por un lado, y la de prevención del delito y justicia penal por el otro.

El Sistema de las Naciones Unidas está organizado de la siguiente manera (aunque las siglas varían según los idiomas oficiales de este organismo internacional):


Órganos dependientes de la Asamblea General

Programas y fondos

UNCTAD, Conferencia de las Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo (Ginebra, Suiza).
CCI (ITC), Centro de Comercio Internacional UNCTAD/OMC.
PNUFID (UNDCP), Programa de las Naciones Unidas para la Fiscalización Internacional de Drogas (Viena, Austria).
PNUMA (UNEP), Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (Nairobi, Kenya).
UNICEF, Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (Nueva York, Estados Unidos).
PNUD (UNDP), Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (Nueva York, Estados Unidos).
UNIFEM, Fondo de Desarrollo de las Naciones Unidas para la Mujer (Nueva York, Estados Unidos).
VNU (UNV), Voluntarios de las Naciones Unidas (Bonn, Alemania).
FNUDC (UNCDF), Fondos de las Naciones Unidas para el Desarrollo de la Capitalización, (Nueva York, Estados Unidos).
FNUAP (UNFPA), Fondo de Población de las Naciones Unidas (Nueva York, Estados Unidos).
ACNUR (UNHCR), Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (Ginebra, Suiza).
PMA (WFP), Programa Mundial de Alimentos (Roma, Italia).
OOPS (UNRWA), Organismo de Obras Públicas y Socorro para los Refugiados de Palestina en el Cercano Oriente (Viena, Austria).
PNUAH (UN-HABITAT), Programa de las Naciones Unidas para los Asentamientos Humanos (Nairobi, Kenya).

Institutos de investigación y capacitación

UNICRI, Instituto Interregional para Investigaciones sobre la Delincuencia y la Justicia (Turín, Italia).
UNITAR, Instituto de las Naciones Unidas para Formación Profesional e Investigaciones (Ginebra, Suiza).
UNRISD, Instituto de las Naciones Unidas de Investigación para el Desarrollo Social (Ginebra, Suiza).
UNIDIR, Instituto de las Naciones Unidas de Investigación sobre el Desarme (Ginebra, Suiza).
INSTRAW, Instituto Internacional de Investigación y Capacitación para la Promoción de la Mujer (Santo Domingo, República Dominicana).

Otros órganos de las Naciones Unidas

UNOOSA, Oficina de las Naciones Unidas para los asuntos del Espacio Ultraterrestre, (Viena, Austria).
COPUOS Comité de las Naciones Unidas para el Uso Pacífico del Espacio (Nueva York, Estados Unidos).
OACDH (OHCHR), Oficina del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos (Ginebra, Suiza).
ONUSIDA (UNAIDS), Programa Conjunto del las Naciones Unidas sobre el SIDA (Ginebra, Suiza).
UNOPS, Oficina de Naciones Unidas de Servicios para Proyectos (Nueva York, Estados Unidos).
UNU, Universidad de las Naciones Unidas (Rectorado en Tokio, Japón; Delegaciones en Nueva York y París; e Institutos en Helsinki, Maastricht, Macao, Legon, Caracas, Amaán, Hamilton, Reykjavík y Londres).
UNSSC, Escuela Superior del Sistema de las Naciones Unidas (Turín, Italia).

Órganos dependientes del Consejo Económico y Social

Comisiones orgánicas Con sede en Nueva York (Estados Unidos).

Comisión de Estupefacientes
Comisión de Prevención del Delito y Justicia Penal
Comisión de Ciencia y Tecnología para el Desarrollo (Ginebra, Suiza).
Comisión sobre el Desarrollo Sostenible
Comisión de la Condición Jurídica y Social de la Mujer
Comisión de Población y Desarrollo
Comisión de Desarrollo Social
Comisión de Estadística
Comisión de Derechos Humanos

Comisiones regionales

CEPE, Comisión Económica para Europa (Ginebra, Suiza).
CEPA, Comisión Económica para África (Adís Abeba, Etiopía).
CEPAL, Comisión Económica para América Latina y el Caribe (Santiago de Chile, Chile).
CESPAC, Comisión Económica para Asia Occidental (Beirut, Líbano).
CESPAP, Comisión Económica y Social para Asia y el Pacífico (Bangkok, Tailandia).

Otros órganos Con sede en Nueva York (Estados Unidos).

Foro Permanente para las Cuestiones Indígenas
Foro de las Naciones Unidas sobre los Bosques
Comités del periodo de sesiones y Comités permanentes.
Grupos de expertos. Órganos especiales y conexos.

Organismos especializados

OIT (ILO), Organización Internacional del Trabajo (Ginebra, Suiza).
FAO, Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (Roma, Italia).
UNESCO, Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (París, Francia).
OMS (WHO), Organización Mundial de la Salud (Ginebra, Suiza)..
Grupo del Banco Mundial (Washington, Estados Unidos)
BIRF (IBRD), Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento
AIF (IDA), Asociación Internacional de Fomento.
CFI (IFC), Cooperación Financiera Internacional.
OMGI (MIGA), Organismo Multilateral de Garantía de Inversiones.
CIADI (ICSID), Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones.
FMI, (IMF) Fondo Monetario Internacional (Washington, Estados Unidos).
OACI (ICAO) Organización de Aviación Civil Internacional (Montreal, Canadá).
OMI, Organización Marítima Internacional (IMO) (Londres, Reino Unido).
UIT (ITU), Unión Internacional de Telecomunicaciones (Ginebra, Suiza).
UPU, Unión Postal Universal (Berna, Suiza).
OMM (WMO), Organización Meteorológica Mundial (Ginebra, Suiza).
OMPI (WIPO), Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (Ginebra, Suiza).
FIDA (IFAD), Fondo Internacional de Desarrollo Agrícola (Roma, Italia).
ONUDI (UNIDO), Organización de las Naciones Unidas para el Desarrollo Industrial (Viena, Austria).
OMT (UNWTO), Organización Mundial del Turismo (Madrid, España).

Órganos dependientes del Consejo de Seguridad

Comité de Estado Mayor.
Comités permanentes y órganos especiales.
Tribunal Penal Internacional para la ex Yugoslavia (ICTY) (La Haya, Países Bajos).
Tribunal Penal Internacional para Ruanda (ICTR) (Arusha, Tanzania).
Comisión de las Naciones Unidas de Vigilancia, Verificación e Inspección (UNMOVIC) (Nueva York, Estados Unidos).
Comisión de Indemnización de las Naciones Unidas (UNCC) (Ginebra, Suiza).
Misiones y Operaciones de Mantenimiento de la Paz [14]

Órganos dependientes de la Secretaría General

OSG, Oficina del Secretario General.
OSSI (OIOS), Oficina de Servicios de Supervisión Interna.
OAJ (OLA), Oficina de Asuntos Jurídicos.
DAP (DPA), Departamento de Asuntos Políticos.
DAD (DDA), Departamento de Asuntos de Desarme.
DOMP (DPKO), Departamento de Operaciones de Mantenimiento de la Paz.
OCAH (OCHA), Oficina de Coordinación de Asuntos Humanitarios.
DAES (DESA), Departamento de Asuntos Económicos y Sociales.
DGACM, Departamento de la Asamblea General y de Gestión de Conferencias.
DIP (DPI), Departamento de Información Pública.
DG (DM), Departamento de Gestión.
OHRLLS, La Oficina del Alto Representante para los Países menos Adelantados, los Países en Desarrollo sin Litoral y los Pequeños Estados Insulares en Desarrollo.
DSS, Departamento de Seguridad.
ONUDD (UNODC), Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito, (Viena, Austria).
ONUG (UNOG), Oficina de las Naciones Unidas en Ginebra.
ONUV (UNOV), Oficina de las Naciones Unidas en Viena.
ONUN (UNON), Oficina de las Naciones Unidas en Nairobi.
ONU/EIRD (UN/ISDR), Estrategia Internacional para la reducción de desastres

Organismos conexos

OMC (WTO), Organización Mundial del Comercio (Ginebra, Suiza).
OIEA (IAEA), Organismo Internacional de Energía Atómica (Viena, Austria). Informa a la Asamblea General y al Consejo de Seguridad.
CTBTO, Comisión Preparatoria de la Organización del Tratado de Prohibición de los Ensayos Nucleares, (Viena, Austria). Informa a la Asamblea General.
OPAQ (OPCW), Organización para la Prohibición de las Armas Químicas (La Haya, Países Bajos). Informa a la Asamblea General.
Corte Penal Internacional (ICC), (La Haya, Países Bajos).
Tribunal Internacional del Derecho del Mar (ITLOS),[17] (Hamburgo, Alemania).
Autoridad Internacional de los Fondos Marinos (ISA), (Kingston, Jamaica).
SHIRBRIG, Brigada Multinacional de Fuerzas de Reserva de Despliegue Rápido para operacio­nes de la ONU (Copenhague, Dinamarca).

RESEÑA HISTÓRICA DEL PALACIO DE SAN CARLOS


La historia del Palacio de San Carlos se remonta a finales del siglo XVI (aproximadamente 1580) cuando don Francisco Porras Mejía, Arcediano de la Catedral, lo mandó construir. En ese entonces Santafé era capital de la Presidencia de la Nueva Granada, dependiente del Virreinato del Perú (1564 ? 1718). La mansión fue levantada con piedras de las canteras de la sabana y vigas traídas de las selvas granadinas. Sirvió de morada a familias de la aristocracia hasta el 18 de octubre de 1605 cuando los herederos del Arcediano la vendieron al Arzobispo de Santafé, fray Bartolomé Lobo Guerrero, pasando a ser sede del Colegio Seminario de San Bartolomé, fundado por él. La casona se integra a partir de entonces al conjunto arquitectónico de la Compañía de Jesús en el barrio La Candelaria de Bogotá entre las carreras séptima y quinta y calles novena y décima.

"Dada la amplitud del local que ocupaba el seminario, se puede suponer que allí fuera instalada, por tal razón, en 1739, la primera imprenta que funcionó en Santafé, pues es en ese año cuando aparece la primera obra con pie de imprenta bogotano" . El seminario permaneció hasta 1767, cuando el Rey Carlos III ordena la expulsión de los jesuitas de las posesiones españolas en América. Este hecho originó el nombre de San Carlos, probablemente en honor al gran santo de Milán Carlos Borromeo o por alusión al monarca español, lo que posteriormente motivaría el trato popular de Palacio de San Carlos para diferenciarlo del Palacio Virreinal. El gobierno colonial habilita como hospicio el confiscado seminario; entonces la carrera sexta, donde estaba ubicada su entrada principal, es bautizada con el nombre de "Calle del Hospicio Viejo", que luego es cambiado por el actual de "Calle de las Aulas" debido a que sus instalaciones y las del Museo de Arte Colonial fueron utilizadas para la docencia.

A partir del 7 de enero de 1777 se convierte en primera sede de la Biblioteca Pública de Santafé, que comienza a funcionar con los libros confiscados a los Jesuitas, siendo el más destacado de sus primeros directores, por designación del Virrey Ezpeleta, el poeta y escritor cubano don Manuel del Socorro Rodríguez, promotor de las artes y las letras y animador de la famosa Tertulia Eutropélica. El 9 de febrero de 1791 don Manuel del Socorro, considerado el "padre del periodismo colombiano", lanza desde el Palacio de San Carlos el semanario "Papel Periódico de la Ciudad de Santafé de Bogotá" donde se publicaron las primicias del periodismo nacional y en 1806 pone en circulación "El Redactor Americano" y "El Correo Curioso".

El Palacio de San Carlos fue la primera sede del Batallón Guardia Presidencial cuando en 1781 el Arzobispo- Virrey don Antonio Caballero y Góngora ordena la creación del Batallón Auxiliar de Santafé. El Batallón es ubicado en la parte posterior del edificio, el cual compartió con la Biblioteca hasta el 10 de junio de 1791 cuando es trasladado a la sede de San Agustín, al sur de la Casa de Nariño.

Posteriormente recién obtenida la Independencia las finanzas de la Nación son precarias y el General Santander, mediante Decreto del 12 de marzo de 1822, autoriza la venta del Palacio de San Carlos, que se protocoliza el 27 de noviembre de ese año a favor de don Juan Manuel Arrubla. El edificio es sometido a importantes arreglos por su nuevo dueño.

No pasa mucho tiempo de esta venta cuando la capital de la República es sacudida, el 16 de noviembre de 1827, por un fuerte temblor de tierra que afecta seriamente las estructuras de iglesias, conventos y del entonces Palacio Presidencial, que estaba ubicado sobre el marco de la plaza principal, donde hoy está el Capitolio.

El Presidente y Libertador Simón Bolívar ve en el Palacio de San Carlos el edificio más adecuado para trasladar la sede de gobierno de "La Gran Colombia" y autoriza su compra, la cual se efectúa el 22 de febrero de 1828 ante el escribano Elorga y es aceptada en nombre del Estado por el entonces Secretario de Hacienda, doctor José María Castillo y Rada, quien cerró el negocio por la suma de setenta mil pesos.

El Palacio se convierte a partir del 10 de julio de 1908 en sede de la Cancillería cuando Rafael Reyes ordena el traslado de la Presidencia de la República a la recién restaurada vivienda donde nació el Precursor de la Independencia Antonio Nariño, ubicada en la carrera 7 entre calles 7 y 8, conocida a partir de esa fecha como "Palacio de la Carrera".

Hacia 1937 son adquiridos por el gobierno los predios vecinos al Palacio de San Carlos sobre el costado oriental para construir allí la entrada principal sobre la calle 10 y se elabora un proyecto arquitectónico "consistente en dejar la parte actual para recepciones y en construir un edificio de tres pisos para instalar las oficinas del Ministerio". Esta obra se encarga al arquitecto italiano Pietro Cantini, aprovechando que acababa de construir el Teatro de Colón en conmemoración al cuarto centenario del descubrimiento de América.

La nueva fachada del Palacio en la Calle del Coliseo (calle 10) se incorpora formando un histórico conjunto con la casa donde nació el poeta Rafael Pombo, el Teatro Colon y con la Casa Colonial que hoy es sede de la Academia Diplomática de San Carlos, construida hacia 1790 por el abogado y funcionario del Virreinato de la Nueva Granada, Enrique Umaña.

Los disturbios protagonizados en la capital a raíz del asesinato del líder político Jorge Eliecer Gaitán, el 9 de abril de 1948, alcanzan la sede del Palacio, que es incendiado y pierde gran parte de su inventario de obras de arte y mobiliario. El informe oficial sobre la magnitud de los daños señala "el edificio fue incendiado y un 65% fue destruido. El 35% restante está en perfecto estado, incluyendo el hermoso Salón de la Biblioteca" (Salón Bolívar). La restauración es concluida el 24 de julio de 1950, coincidiendo con el natalicio del Libertador. En 1954 el general Gustavo Rojas Pinilla decide trasladar nuevamente la Presidencia de la República al Palacio de San Carlos.

Mediante decreto número 1584 del 11 de agosto de 1975 el Palacio de San Carlos es declarado Monumento Nacional junto a otras históricas edificaciones públicas como el Observatorio Astronómico Nacional, El Capitolio Nacional y la Casa de la Moneda.

El 4 de diciembre de 1981 el Palacio de San Carlos vuelve a ser sede de la diplomacia colombiana después de haber sido trasladada en forma definitiva en 1979 la Presidencia de la República a la Casa de Nariño, conocida antes como Palacio de la Carrera.

La sede original del Palacio ha sido restaurada en su totalidad como casa ? museo y es el centro de recepción para actividades diplomáticas y eventos especiales. El 23 de diciembre de 1993 el Ministerio de Relaciones Exteriores recibe oficialmente del Fondo de Inmuebles Nacionales las edificaciones anexas al Palacio de San Carlos. Se suscribe entonces el proyecto de restauración, adecuación y obra nueva con el Centro de Investigaciones Estéticas de la Universidad de los Andes (CIE), que desarrolla para la fusión de los inmuebles el mismo lenguaje arquitectónico utilizado por Vicente Nasi en la construcción del colegio de La Presentación. Esta fusión creó una admirable articulación de estilos que van desde el colonial, republicano, clásico y francés hasta el moderno.

Para distinguir cada una de las edificaciones que ahora hacen parte del Ministerio de Relaciones Exteriores es emitida el 6 de julio de 1992 la resolución 1662 que designa con el nombre de ilustres personajes de la vida diplomática colombiana los diferentes predios. Así el antiguo Edificio Ayacucho de estilo republicano, donde antes funcionó el Batallón Guardia Presidencial, pasa llamarse Luís López de Mesa; el sector occidental del colegio de La Presentación se designa Marco Fidel Suárez; el edificio de estilo republicano del siglo XX se denomina Enrique Olaya Herrera; la Casa Privada de estilo colonial pasa a llamarse Germán Zea Hernández; la edificación de estilo contemporáneo se denomina Manuel José Restrepo; la casa colonial donde funciona la Academia Diplomática de San Carlos se designa Antonio José Uribe Gaviria; y la casa de estilo colonial ubicada sobre el costado oriental pasa a llamarse José Manuel Rivas Sacconi.

VISITANDO EL LEGADO HISTORICO Y CULTURAL

El Palacio de San Carlos está lleno de recuerdos y de un invaluable legado artístico y cultural acumulado en más de 400 años de historia que pueden evocarse en sus elegantes Salones de Estado, sus pasillos misteriosos y sus románticos patios, como el de La Palma donde se levantan en forma majestuosa, el centenario nogal plantado por el Libertador y la palma sembrada por el Presidente José Hilario López con ocasión del nacimiento de su hija Polita.

Al cruzar la entrada principal un imponente vestíbulo sirve de ingreso a los visitantes; Seis sillas españolas, estilo cordobés, del siglo XVIII hacen juego con una mesa de centro donde cada semana es colocado un arreglo con flores de la Sabana. En los descansos de las escaleras de fondo sobresalen dos enormes jarrones europeos del siglo XIX fundidos en bronce.

Sobre el costado derecho del vestíbulo una puerta, en madera, protegida por rejas metálicas decoradas con un escudo de Colombia, da acceso al corredor de la antigua edificación donde está ubicada la habitación utilizada como dormitorio (1828-1830) por el Libertador Simón Bolívar en su calidad de Presidente de "La Gran Colombia", decorada con cuadros y enseres de la época como la cama europea del siglo XVII en madera tornada y policromada, el bargueño con cajones secretos y un joyero del siglo XIX decorado con barniz de Pasto entre otros. Al fondo se encuentra la ventana por la cual Manuelita Saenz ayudó a escapar al Libertador de la famosa conspiración del 25 de septiembre de 1828.

En la habitación contigua al dormitorio del Libertador se encuentra el Oratorio donde sobresalen obras de la Escuela Santafereña. El altar está fabricado con apliques de tallas coloniales. El techo está enchapado con artesonados de casetones mudéjar en rojo y oro que hacen juego con dos reclinatorios y siete sillas. Dos enormes candelabros metálicos con motivos florales adornan las orillas del altar.

Al frente de la habitación del Libertador se encuentra el Salón Bolívar. Recinto que ha servido de escenario para las más elegantes ceremonias oficiales y actos protocolarios de la vida colonial y republicana. Se observan tres arañas de cristal sobre un cieloraso en madera dividido en casetones y un balcón sobre columnas salomónicas en piedra labrada, con barandas talladas en madera, y la imponente imagen del Libertador creada por el pincel del artista venezolano Antonio Salguero. Una chimenea en mármol, similar a la que existe en la Quinta de Bolívar, sirve de soporte para dos columnas salomónicas talladas con ornamentación vegetal, que completan la decoración en madera del gran salón junto a dos sofás estilo imperio del siglo XIX.

Como antesala para el ingreso a los Salones de Estado aparece la Glorieta de techo abovedado y decorado con un fresco estilo pompeyano realizado por el artista Santiago Martínez Delgado (Sanmardel) en 1950 con motivos de aves emblemáticas y cuatro ángeles "que representan las figuras de las cuatro virtudes cardinales y las nueve musas". Esta cúpula recuerda la desaparecida iglesia madrileña de San José donde se casó el Libertador Simón Bolívar con María Teresa del Toro en 1802.

El recorrido se inicia en el Salón de la Secretaría, cuyas paredes están forradas en muaré verde, tiene un mobiliario neoclásico francés en tonos verdes y dorado del siglo XVIII propio de una sala de recibo, que combina con un juego de sillas europeas del siglo XIX.

Sigue el Salón de Audiencias, el más amplio y con piso decorado por una fina alfombra llamada La Cazadora, por estar adornada con motivos alegóricos a la caza, la cual realza la belleza del mobiliario compuesto por delicadas sillas en madera tallada con motivos florales recubiertos con hojilla de oro. Sus paredes están forradas en damasco de seda verde en las que resaltan los espejos, que armonizan con una elegante vitrina donde se exhiben las condecoraciones que son otorgadas por el Gobierno Nacional.

Llegamos a la Sala del Gabinete. En este salón, forrado en damasco púrpura, se conserva una bandera de los Estados Unidos de Colombia (1863). Del techo pende una lámpara de cristal de Baccarat que realza la belleza del mobiliario estilo francés forrado en moqueta con motivos florales y de los candelabros de plata siglo XIX.

El recorrido continúa por el Salón de los Tratados. En su decoración prevalece el color verde. Las paredes están forradas en terciopelo de fabricación industrial. Siete sillas en madera talladas a mano con copetes y forradas en terciopelo amarillo hacen juego con dos jarrones españoles de porcelana del siglo XVIII. Del techo se desprende una fina lámpara de cristal que armoniza con dos candelabros dorados con lágrimas de cristal, ubicados sobre consolas de madera oscura.

Siguiendo al oriente llegamos al Salón Francisco de Paula Santander. El más elegante y vistoso de todos los salones y el que tradicionalmente se utiliza para dar el saludo protocolario del cuerpo diplomático a los grandes personajes que visitan el país. Está decorado en tonos dorados con paredes forradas en damascos de seda traídos de italiana. Sobresale un gigantesco espejo de clásico estilo Rococó que hace juego con dos cuadros del período Colonial: una pintura de la Virgen con el Niño Enchumbado de la Escuela Cuzqueña y un retrato un retrato al óleo del artista A. Castillanos del siglo XIX del expresidente y Canciller José Joaquín Casas en traje de gala ante el Reino de España, siendo monarca Alfonso XIII. Este recinto es de clásico estilo europeo con una lámpara francesa en cristal; un juego de muebles españoles del siglo XVIII

Ingresamos ahora a un salón estilo imperio, llamado Sala de los Presidentes. Las paredes están forradas en terciopelo verde con efecto muaré, que armonizan con dos juegos de muebles de finales del siglo XVIII y principio del XIX decorados con incrustaciones de hilos de bronce y pinturas al óleo con escenas galantes y campestres. La pared principal exhibe un óleo del maestro Delio Ramírez con la figura de Pedro Gual quien por designación del Libertador fue el primer Secretario de Relaciones Exteriores de la Gran Colombia.

Y concluimos esta parte del recorrido en el Salón de la Nueva Granada recordando esa época de Virreyes y Oidores. Los muebles son fiel copia de los que pertenecieron al Virrey Ezpeleta, cuyos originales están en la Casa de Nariño. Las paredes amarillas forradas en damasco italiano dan realce a un finísimo juego de cuatro sillas y un sofá: un conjunto de muebles estilo Luis XV forrados con tapices en lana y seda con motivos florales completan la decoración. Un gobelino, que representa una escena real con flautas y motivos florales, cubre el fondo del salón.

Continuando por el pasillo con vista al Patio de La Palma se llega al vestíbulo que da ingreso a la Casa Privada, donde se conservan objetos que fueron utilizados por los mandatarios en distintas épocas y que son testigos de la historia de la República y hacen parte del patrimonio artístico y cultural de la Nación. Una sólida estructura en hierro forjado adornada en bronce con rosetones, escudos heráldicos y de la República de Colombia sirve como puerta de acceso a esta casa que fue habitada por casi todas las familias de los Jefes de Estado en los siglos XIX y XX. En su interior guarda objetos y obras de arte de gran importancia.

SEGUNDO Y TERCER PISO

Al segundo piso del Palacio se accede por un amplio corredor de escaleras en cuyo descanso está exhibido el bronce que le sirvió de modelo al artista italiano Pietro Tenerani para esculpir la estatua del Libertador ubicada en la Plaza de Bolívar de Bogotá.

Un vestíbulo con clásicas alquerías de estilo español con muebles del siglo XVIII, que seguramente formaron parte de un espacio religioso, sirve de marco para el ingreso al Salón de Embajadores, cuya decoración es similar a la del Salón de los Tratados, en el que sobresale un mobiliario híbrido del siglo XIX de influencia francesa con rodachines producto del mestizaje. Un elaborado Cristo en talla de madera de regular tamaño siglo XVIII con ojos de vidrio. Un juego de espejos franceses siglo XIX. Dos grabados norteamericanos de 1881,que posiblemente tienen que ver con la colección Pizano que existen en la Casa de Nariño.

En la tercera planta del Palacio se encuentran el Despacho Privado del Canciller, que es de estilo moderno y cuenta con un pequeño invernadero de especies nativas, al que se accede por una pequeña sala de recibo. Está decorado con un retrato del Libertador sentado en traje de campaña firmado por L. Monge.

Contiguo al Despacho se encuentra el Salón Protocolario cuyo tamaño y diseño recuerdan famosos castillos europeos con pisos en parqué, paredes enchapadas en nogal oscuro con bibliotecas incorporadas y retratos de cancilleres. Un imponente artesonado mudéjar del siglo XVII, que fue labrado en Santafé de Bogotá para la Sala de Profundis del Convento de Santo Domingo, seis lamparas de cristal y un fino mobiliario europeo hacen juego con el escritorio estilo imperio con incrustaciones en madera y delicado herraje en bronce, donde el Jefe de la Diplomacia Colombiana realiza los más solemnes actos inherentes a su cargo.

En el ala sur del tercer piso está la Sala Indalecio Liévano Aguirre, antigua sede del Consejo de Ministros, cuyas paredes están forradas en terciopelo rojo y decoradas con cuadros de excancilleres de la República, su piso en parqué y el techo trabajado delicadamente en yeso del que pende una gigantesca araña de cristal que sirve de marco a la extensa mesa de nogal y veintidós sillas en cuero giratorias, que fueron utilizadas en su época por los Jefes de Estado para las reuniones de gabinete y que hoy sirve de escenario para eventos especiales del mundo diplomático.

HISTORIA DEL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES DE COLOMBIA




I. Los antecedentes históricos de la organización del Ministerio de Relaciones Exteriores se remontan a la constitución de 1821. De allí en adelante los Ministerios o Secretarías de Estado fueron, en algunas ocasiones, establecidos por la constitución; en otras, su número y organización fueron determinados por la ley; este sistema fue finalmente adoptado en 1886. A continuación se indican las disposiciones constitucionales correspondientes. El artículo 136 de la sección 4ª del Título 5º de la Constitución de 1821 estableció cinco Secretarios de Estado, a saber: de Relaciones Exteriores, del Interior, de Hacienda, de Marina y de Guerra. El artículo 88 de la Constitución de 1830 establecía que el Ministerio de Estado estaba dividido en cuatro Departamentos, al frente de cada uno de los cuales estaba un Secretario de Estado. Eran aquéllos: 1º del Interior y Justicia; 2º de Hacienda; 3º de Guerra y Marina, y 4ª de Relaciones Exteriores. El artículo 112 de la Constitución de 1832 señalaba que habría tres Secretarías de Estado: del Interior y de Relaciones Exteriores, de Hacienda, y de Guerra y Marina, y se agregaba que la ley las debía arreglar y organizar. El artículo 107 de la Constitución de 1843 señalaba que el número de las Secretarías de Estado sería determinado por la Ley. El artículo 35 de la Constitución de 1853 señalaba cuatro Secretarios de Estado de libre nombramiento y remoción del Presidente de la República. El artículo 44 de la Constitución de 1858 señalaba en tres los Secretarios de Estado, los cuales eran de libre nombramiento y remoción del Presidente de la República. El artículo 68 de la Constitución de 1863 establecía que el número de las Secretarías de Estado debería ser determinado por la ley. El artículo 132 de la Constitución de 1886 estableció que el número, nomenclatura y precedencia de los Ministerios y Departamentos Administrativos fueran determinados por la ley.



II. La ley de 11 de mayo de 1843 organizó como Secretaría de Estado la de Relaciones Exteriores. Extinguido el Gobierno de la Confederación Granadina, se refundió el Despacho de Relaciones Exteriores con los de Gobierno e Instrucción Pública; recobró su autonomía por la Ley 10 de 1880. En 1901 se adelantaron ciertas iniciativas tendientes a organizar y tecnificar el Ministerio y el Servicio Exterior. El Decreto 1017-bis de aquel año reorganizó la Cancillería, fijo el personal a su servicio y las correspondientes asignaciones. Por medio de la ley 51 de 1935 fue reorganizado el Ministerio y fijadas las asignaciones de sus empleados. (Los nombramientos correspondientes fueron hechos por el Decreto 2063 del 21 de noviembre de 1935). Por medio de la Ley 114, de 18 de noviembre de 1937, se confirió autorización al Gobierno para reorganizar el Ministerio y para crear la Carrera Diplomática y Consular. En desarrollo de tal autorización se dictaron, en el año de 1938, una serie de decretos de particular importancia: el 319 se refiere a la organización interna del Ministerio y a las funciones de sus empleados.

El Decreto 1077, de 11 de junio de 1941, de conformidad con las autorizaciones conferidas al Presidente de la República por el artículo 7º del Decreto 2298 de 1940, y teniendo en cuenta la necesidad de reducir los gastos del personal del Ministerio de Relaciones Exteriores, suspendió temporalmente los efectos del Decreto 319 de 1938, reorganizó el Ministerio de Relaciones Exteriores y fijó las asignaciones de sus empleados.

Por medio del Decreto 2072, de 8 de septiembre de 1944, y haciendo uso de sus facultades conferidas por los artículos 11 y 12 de la Ley 7ª. De 1934, y 11 de la Ley 75 de dicho año, fue reorganizado nuevamente el Ministerio de Relaciones Exteriores, habiéndose aumentado el personal del mismo y las correspondientes asignaciones. El Decreto legislativo número 612 de 1950 (febrero 22) reorganizó el Ministerio de Relaciones Exteriores y confirió las facultades necesarias para que fueran fijados los cargos, funciones y asignaciones de sus empleados; en desarrollo de esas facultades y por el Decreto 1522 de 1950, el Decreto número 1627 de 1950 determinó tales aspectos. Posteriormente, en desarrollo del Decreto legislativo 1600 de 1953, fue dictado el Decreto 1959, de 28 de julio del mismo año, el cual modifica la organización del Ministerio y las asignaciones de su personal. Ese instrumento suprimió entre otras cosas la división del Departamento Diplomático por áreas geográficas y creó una Dirección General de Política Exterior.

III. El Decreto número 3076, de 22 de octubre de 1954, determinó los cargos, funciones y asignaciones de los empleados del Ministerio de Relaciones Exteriores y estableció varias disposiciones sobre su funcionamiento. Volvió a la división geográfica en el Departamento Diplomático, suprimió la Subsecretaría administrativa y reintegró el Departamento Consular a la Subsecretaría de Asuntos Económicos. Por medio del Decreto 1197 de 1958 y en desarrollo de las facultades legales a que se refiere el artículo 3º del Derecho legislativo número 349, de 10 de diciembre de 1957, se señalaron las dependencias, personal y asignaciones de la Cancillería, introduciendo ciertas modificaciones necesarias en su estructura y organización.

IV. De acuerdo con los Decretos mencionados en el artículo anterior, el Ministerio esta formado, en lo que al servicio interno se refiere, por cuatro Subsecretarias, que son la de Asuntos Diplomáticos, la de Asuntos Económicos, la de Inmigración y la de Asuntos Administrativos; y por tres Direcciones Generales, que son: la de Asuntos Jurídicos, la de Protocolo y la de Asuntos Consulares, cuyas labores debe coordinar y orientar la Secretaría General, bajo la dependencia inmediata del Ministro.

V. La Subsecretaría de Asuntos Diplomáticos está dividida en dos Departamentos: el Departamento Diplomático y el de Organismos Internacionales. El primero se subdivide, a su turno, en cuatro Secciones: la de las Naciones Limítrofes y Bolivarianas, la de América del Norte, Central, Austral y Países del Caribe; la del Canadá, Europa, Africa y Oriente; y la Sección de Información y Cultura. El Departamento de Organismos Internacionales se subdivide en tres Secciones que son: la de Asuntos de la ONU, la de Agencias Especializadas de las Naciones Unidas y la de Asuntos de la Organización de los Estados Americanos.

VI. La Subsecretaría de Asuntos Económicos está dividida en tres Secciones: la de Comercio Exterior, la de Organismos Económicos Internacionales y la de Asistencia Técnica.

VII. La Subsecretaría de Inmigración está formada por el Departamento de Visas y por la Sección de Recepción y Colocación.

VIII. La Subsecretaría de Asuntos Administrativos está integrada por los Departamentos de Correspondencia, Biblioteca y Archivo; de Presupuesto y Contabilidad, y la de Personal. El primero se subdivide en las Secciones de Registro y Despacho de Correspondencia; de Archivo; de Biblioteca; de Traducciones; de Claves, y de Proveeduría. El Departamento de Presupuesto y Contabilidad se subdivide en dos Secciones: la de Giros y Contabilidad, y la de Caja y Pagos. El Departamento de Personal está integrado por el Departamento de Personal propiamente dicho; por la Sección Administrativa y por los servicios de Portería y Correo.

IX. La Dirección de Asuntos Jurídicos está integrado por tres Secciones, que son: la de Negocios Generales, la de Tratados y Fronteras y la de Asuntos Judiciales y Administrativos.

X. La Dirección de Asuntos Consulares está integrada por tres Secciones, que son: la de Asuntos Generales, la de Asuntos Notariales y la de Movimiento Consular y Pasaportes.

XI. Las funciones del personal del Ministerio de Relaciones Exteriores están consignadas en el Decreto 3076 de 1954, con excepción de las de los empleados del Departamento de Protocolo señaladas en la Resolución 286, de 5 de julio, de 1954; y las del Subsecretario de Asuntos Administrativos, fijadas en el Decreto 1197 de 1958. Las funciones de los empleados que regresan al país en disponibilidad deben ser fijadas en cada caso por resolución del Ministerio (Decreto 308 de 1958).

XII. Las funciones de las distintas dependencias del Ministerio deben ser coordinadas en la Mesa de Directores, que preside el Ministro o el Secretario General, en su defecto, el sistema establecido en el artículo 8 del capítulo 5 del Decreto 3076 de 1954.

XIII. De acuerdo con la reglamentación vigente el Archivo del Ministerio de Relaciones Exteriores (Resolución número 56 de 20 de junio de 1939), a cuyas disposiciones deben atenerse, en cuanto le sean aplicables las misiones diplomáticas, debe tenerse en cuenta que:

Los empleados del Ministerio no podrán dar información de ninguna clase a los particulares y comentar con ellos asuntos relacionados con el Archivo (salvo autorización expresa);
Las Secciones del Ministerio no podrán mantener en sus dependencias archivo de más de dos años, a excepción del referente a negocios cuyo trámite no esté concluido;
Ningún empleado podrá consultar documentos distintos de la Sección a la que pertenece, salvo autorización escrita del Secretario del Ministerio, a excepción hecha de los miembros de la Comisión Asesora;
Esta prohibida la entrada a particulares sin permiso escrito en las salas de archivo;
Los documentos que deben custodiarse muy cuidadosamente o cuyo contenido quiere mantenerse en estricta reserva o que deben conservarse en lugares especiales, deben figurar en los archivos en el lugar que les corresponde, en copias que contendrán únicamente su encabezamiento, timbre, lugar, fecha, número y referencia y el final, antefirma y firma, con anotación del lugar en que está guardado el original;
Toda la correspondencia que despache el Ministerio o una Misión Diplomática debe ser registrada y numerada;
El archivo se ordenará rigurosamente por procedencia, y dentro de ella se guardará el orden cronológico;
La ordenación de los documentos se hará observando la siguiente prelación: 1º Procedencia; 2º Dentro de la procedencia el orden cronológico; 3º Orden alfabético de naciones.
XIV. El capítulo 7º del mismo Decreto 3076 de 1954 establece las publicaciones regulares que debe hacer el Ministerio. La revista mensual creada en dicha disposición con el nombre de Boletín de San Carlos, ha sido reemplazada hasta el momento por los Boletines de Información Diplomática y de Información Económica que las respectivas Subsecretarías preparan para las Misiones en el Exterior.

Fue creada también en dicho Decreto la Biblioteca Marco Fidel Suárez.

XV. De acuerdo con el Decreto 308, de 27 de febrero de 1958, el Ministerio puede ordenar el regreso al país, para que presten sus servicios en la Cancillería como funcionarios en disponibilidad, de los empleados del servicio exterior inscritos en la Carrera Diplomática o que reúnan los requisitos exigidos por la ley para tal inscripción.

XVI. El Decreto 3076 de 1954 señaló como órganos consultivos de la Cancillería a la comisión asesora de Relaciones Exteriores y al Comité Consultivo de Asuntos Económicos.

XVII. Como antecedente de la creación de la Comisión Asesora debe señalarse la de la "Junta Consultiva del Ministerio de Relaciones Exteriores", creada por el Decreto 1164 de 1911. Estaba formada aquella junta por los miembros de las Comisiones de Relaciones Exteriores del Senado y de la Cámara de Representantes. Quedó constituida el 5 de enero de 1912. Por medio de la Ley 9ª de 30 de agosto de 1913 se creó, por el término de un año, una Comisión para el estudio de ciertas cuestiones internacionales; la Comisión estaba integrada por cinco miembros. Por medio de la Ley 31 de 1914 (septiembre 30) se restableció por cuatro años la Comisión de Relaciones Exteriores creada en 1913, y se estableció que sus cinco miembros y sus suplentes fueran nombrados de la siguiente manera: tres principales y tres suplentes por el Senado, un principal y un suplente por la cámara, y un principal y un suplente por el Ejecutivo. Por la Ley 25 de 7 de octubre de 1918 se prorrogó por cuatro años el período de existencia de la Comisión Asesora. La Ley 91 de 4 de diciembre de 1922 dio carácter permanente a la Comisión asesora. La Ley 25 de 28 de octubre de 1930 redujo a tres los miembros de la Comisión Asesora. El Decreto 1300 de 18 de julio de 1938 señaló las funciones de la Comisión Asesora y el período de sus miembros, que fue fijado en dos años. En el Decreto 321 de 25 de febrero de 1938 se constituyó a la Comisión Asesora de Relaciones Exteriores como cuerpo consultivo del Ministerio. El Decreto 1274 de 1939 (junio 16) invistió a la Comisión Asesora de Relaciones Exteriores de la calidad de Comisión Nacional de Codificación del Derecho Internacional y se establecieron las funciones que le correspondían en tal investidura (Diario Oficial 24099). Por medio del Decreto 2442 de 1939 (diciembre 23), reglamentario de la Ley 47 del mismo año, reorgánica de la Comisión Asesora, se señaló en cuatro el número de miembros de la Comisión, a partir del 1º de enero de 1940, tres nombrados por el Senado y uno por la Cámara, por un período de dos años; se establecieron las incompatibilidades de éstos y se les señalaron funciones y asignaciones. Por medio del Decreto legislativo 3745 de 1950 se suprimió, a partir del 1º de enero de 1951, la Comisión Asesora de Relaciones Exteriores. El Decreto legislativo 1643 de 1953 la creó nuevamente, señalando en seis el número de sus miembros, cinco de los cuales eran, de acuerdo con dicha disposición, de libre nombramiento y remoción del Gobierno, siendo el sexto el Secretario General del Ministerio de Relaciones Exteriores; de otra parte, encargó de la Secretaría de la Comisión al subsecretario de Asuntos Diplomáticos del Ministerio. El anterior Decreto fue modificado por el 1855 de 14 de julio de 1953, el cual aumentó a seis el número de los miembros de la Comisión nombrados por el Ejecutivo, a los cuales se agregan el Comandante General de las Fuerzas Armadas y el Secretario General del Ministerio de Relaciones Exteriores.

Por medio del Decreto Legislativo número 158 de 3 de agosto de 1957 se restableció el requisito de la consulta previa con la Comisión Asesora de Relaciones Exteriores para expedición de cartas de naturaleza, instituido por el artículo 13 de la Ley 22 bis de 1936, y derogado por el parágrafo del artículo único del Decreto legislativo 3745 de 1950.

XVIII. De acuerdo con el Decreto 3076 de 1954, el Comité Consultivo de Asuntos Económicos de la Cancillería estará integrado por el Ministro de Relaciones Exteriores o, en su reemplazo, por el Secretario General; por el Ministro de Hacienda o su representante; por el Ministro de Fomento o su representante; por el Ministro de Agricultura o su representante; por el Gerente del Banco de la República o su representante; por el Jefe de la Oficina de Registro de Cambios y por el Director de Aeronáutica civil. Las Funciones del Comité son las de asesorar a la Cancillería en los problemas de comercio exterior y en los económicos de carácter internacional que el Ministerio someta a su parecer, así como la de colaborar en el estudio de los convenios y tratados de comercio y en el de la agenda de las conferencias internacionales de carácter económico.

XIX. Por medio del Decreto 59 de 1956 se modificó lo dispuesto en el artículo 11 del Decreto 885 de 1952 y se creó la Junta de Adquisición y dotación de Inmuebles en el Exterior; en relación con la cual debe también tenerse en cuenta lo dispuesto en la Resolución del Ministerio número 149, de 22 de marzo de 1956, la cual aprueba el reglamento correspondiente.

XX. Las principales disposiciones atinentes a la organización del servicio diplomático y consular y a la Carrera Diplomática son las siguientes: La Ley 28 de junio de 1824, primera por la cual se establecen las obligaciones de los agentes diplomáticos de la República, cuyas disposiciones se refieren principalmente a los deberes de esos representantes y especialmente al de proteger a los ciudadanos de la República; reclamar contra la violación de sus derechos; prestarles los auxilios que les sean necesarios y que estén al alcance de sus facultades; demandar del gobierno local la observancia de los tratados; reclamar los honores, prerrogativas, inmunidades y privilegios, de acuerdo con su categoría y los usos y costumbres del respectivo país; cumplir las instrucciones del Gobierno y expedir los pasaportes y certificaciones que les fueren solicitados, de acuerdo con la Ley y la costumbre internacional. La Ley de 15 de julio de 1824 determinó las obligaciones, facultades, responsabilidades y emolumentos de los Cónsules Generales, particulares, Vicecónsules y Agentes Comerciales de la República, residentes en países extranjeros. El 7 de marzo de 1856 fue expedida una Ley orgánica del servicio consular; diez años mas tarde, por medio de la Ley 23 de 1866 se organizó nuevamente nuestro servicio diplomático. Establecióse entonces que las misiones diplomáticas estuvieran encabezadas por Ministros Plenipotenciarios, Ministros Residentes y Encargados de Negocios; cada Ministro de primera clase tenía un Secretario y un Adjunto; el Residente, un Secretario y el encargado de Negocios solamente un Adjunto. Los Secretarios podían actuar como Encargados de Negocios ad interim; se establecían las funciones de los agentes diplomáticos, sus viáticos, y asignaciones y se fijaban cuatro categorías de Cónsules, que eran las de Cónsules Generales, Cónsules, Vicecónsules y Agentes Consulares1. La Ley 12 de 19 de mayo de 1883 "que reorganiza el servicio diplomático y consular", estableció, entre otras cosas, que el Poder Ejecutivo podría acreditar; cuando las necesidades internacionales del país lo exigieren, las Legaciones de primera, segunda y tercera clase que fuere menester; teniendo como límite el que implique la partida presupuestal asignada al efecto; establecióse, además, el personal de las misiones de cada categoría y las asignaciones de los Jefes de misión y de sus subalternos. En lo tocante a la organización consular, esta Ley establecía que los Cónsules Generales debían visitar mensualmente los Consulados particulares de su jurisdicción. Se establecía el sistema de informes de los Jefes de misión y Cónsules Generales, y se reglamentaban varios aspectos administrativos y fiscales de la función consular. El Decreto 1039 de 28 de agosto de 1901, "por el cual se reglamenta el servicio diplomático de Colombia"., se refiere a la correspondencia postal y telegráfica de las misiones diplomáticas, a su registro, despacho y archivo. La Ley 41 de 1905, sobre servicio diplomático y consular, la cual se refiere particularmente al segundo, establece que el cuerpo consular se compondrá de cuatro clases así: 1ª Cónsules Generales; 2ª Cónsules Particulares; 3ª Vicecónsules, y 4ª Agentes consulares2. Por el Decreto 510 de 1911 el Gobierno autorizó la provisión por concurso de ocho puestos de Canciller, con la obligación para los elegidos de hacer ciertos estudios en las universidades e institutos designados por el Ministerio. La Ley 72 de 1922, orgánica del servicio diplomático y consular, por la cual se autorizó al Gobierno para reglamentar la Carrera, y:

1 Por Decreto 31 de mayo de 1867, el Presidente de los Estados Unidos de Colombia dispuso que debían cesar en sus funciones todas las misiones diplomáticas en el exterior y, consecuentemente, los Jefes de misión y sus subalternos.

2 Por medio del Decreto 1368 de 1907 se fijó en dos años el período máximo de duración de los empleados de servicio diplomático y consular, y se declaró en interinidad a los que en la fecha del decreto llevaran más de dos años en el desempeño de su empleo.

Concretamente para determinar el número de empleados de las Legaciones; para fijar sus atribuciones y deberes y los de los funcionarios consulares, para reconocer los sueldos y viáticos de los funcionarios diplomáticos y consulares; para fundar el escalafón diplomático y consular; para organizar el ingreso por concurso y reglamentar el ascenso y promoción en la Carrera y para reorganizar el servicio consular. La misma Ley faculta al Ejecutivo para nombrar Agregados Militares en las Legaciones de la República y para proveer por concurso entre los alumnos de último año de las facultades de Derecho y Ciencias Políticas tres plazas de Adjunto en las Legaciones de Colombia en el exterior.

XX bis. Por medio del Decreto 1148 de 1923 (18 de agosto), el Gobierno Nacional, en uso de las autorizaciones conferidas por la Ley 72 de 1922, organizó la Carrera Diplomática y Consular. Este Decreto establecía las siguientes categorías de funcionarios: 1ª Enviado Extraordinario y Ministro Plenipotenciario; 2ª Ministro Residente; 3ª Encargado de Negocios; 4ª Consejero; 5ª Secretario de Legación, y 6ª Agregado Adjunto. Para los cargos de Embajadores en Misión Especial y para los señalados en las dos primeras categorías, el Gobierno podía escoger a individuos en quienes aún sin ser de la Carrera concurrieran especiales circunstancias. El mismo Decreto establecía que el ingreso a la a Carrera Diplomática podía realizarse exclusivamente por la 6ª categoría, y señalaban las condiciones que el candidato debía reunir, así como las que permiten el ascenso dentro de la Carrera, después de un servicio mínimo de tres años en cada categoría. Se establecía además que el Oficial Mayor y los Jefes de Sección del Ministerio se incorporaban a la Carrera siempre y cuando que hubiesen servido por tres años al menos en el respectivo cargo. Se establecía igualmente la cuantía de los viáticos y de los sueldos de los representantes diplomáticos y consulares. Por el artículo 17 se establecía el ingreso a la Carrera Consular como separada de la Diplomática. Se establecían las obligaciones fundamentales de los Cónsules. El Decreto 453 de 1930 organizó el Cuerpo Consular. En este Decreto y en el número 1999 de 26 de noviembre de 1930 se establecieron varias disposiciones sobre el nombramiento y funciones del personal consular colombiano. Los Decretos 142 y 474 de 1935 establecieron normas sobre el pago de los funcionarios diplomáticos y consulares; el 144 del mismo año señaló las categorías y asignaciones del Servicio Consular; este Decreto fue reformado por el 1360 de 1935.

XXI. En desarrollo de la Ley 114 de 1937 se dictaron los Decretos 319, 320, y 321 de 1938 (febrero 25). El Decreto 319 reorganizó el Ministerio de Relaciones Exteriores y fijó las asignaciones de sus empleados. A esta disposición se hizo referencia en el artículo relacionado con la organización interna de la Cancillería. El Decreto 321 determinó las funciones correspondientes al servicio público de las relaciones exteriores. Por el 320 se creó la Carrera Diplomática y Consular y se estableció en la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional un curso de especialización con el nombre de Extensión Diplomática y Consular. La Carrera comprende, de acuerdo con este instrumento, a los Consejeros, Secretarios, Agregados y Cancilleres de Embajadas y Legaciones; en el Servicio Consular, a los Cónsules Generales, a los Cónsules de primera clase, a los Cónsules de segunda clase y a los Vicecónsules; y en el servicio interno, a los Jefes de Departamento, los Subjefes de Departamento, los Oficiales primeros de Departamento y los Oficiales segundos de Departamento. Los aspirantes a la Carrera debían matricularse en ese curso de especialización, previa presentación de una autorización del Ministerio de Relaciones Exteriores. Las solicitudes debían ser examinadas por un Consejo integrado por el Ministro, el Secretario General del Ministerio y dos Vocales nombrados por el Gobierno, el cual presidía el Ministro. Podían ingresar al curso los abogados colombianos o los que hubieran adelantado cursos equivalentes en el exterior; los alumnos de las facultades de Derecho y, por último, los bachilleres colombianos; se fijaban las materias del curso de Extensión Diplomática y se señalaba que los abogados y estudiantes de Derecho podían obtener un diploma de especialización diplomática y consular, el cual a los estudiantes no se expediría, en definitiva, hasta después de haberse graduado. Los bachilleres obtenían un certificado de estudios de especialización diplomática y consular. Quienes obtenían el diploma ingresaban a la primera categoría de funcionarios que el mismo Decreto establece, y quienes obtenían el certificado ingresaban a la segunda categoría. Unos y otros debían ser inscritos en un libro especial de registro de los funcionarios de Carrera en el Ministerio de Relaciones Exteriores. Se establecía el modo y tiempo de ascenso y los deberes y prerrogativas de los funcionarios. Por último, se creaba una caja de pensiones para garantizar lo relativo a la pensión y jubilaciones de los funcionarios de Carrera. El mismo Decreto 320, cuya aplicación fue prácticamente nula (en lo que se refiere a la incorporación de quienes realizaron el curso correspondiente en el servicio exterior), consagró en su artículo 10 que serían considerados dentro de la Carrera Diplomática y Consular; con los mismos derechos pertenecientes al personal de primera categoría inscrito en el libro de especialización del Ministerio de Relaciones Exteriores, los funcionarios colombianos que al entrar en vigencia este Decreto, o dentro de tal vigencia, se hallen en servicio activo o hayan completado o completen 12 años consecutivos de servicio en los cargos que, de acuerdo con dicho Decreto, comprende la Carrera Diplomática y Consular.

XXII. Por medio del Decreto 592 de 26 de marzo de 1938 se modificaron algunos puntos del decreto 320 del mismo año, especialmente en lo que se relaciona con las condiciones de ingreso; pero su iniciativa más importante fue la relacionada con la modificación por su artículo 6º del artículo 10, el cual quedó así: "serán considerados como personal de Carrera los funcionarios colombianos que al entrar en vigencia este Decreto, o dentro de tal vigencia, se hallen en servicio activo y hayan completado o completen 12 años consecutivos de servicio, en los cargos que, de acuerdo con el presente Decreto, comprende la Carrera Diplomática y Consular".

XXIII. El Decreto 1300 de 1938 (julio 18) reglamentó la Carrera Diplomática y Consular en siete capítulos referentes a los siguientes asuntos: al libro de personal de Carrera, al ingreso a la Carrera Diplomática, a las oposiciones, a las promociones y ascensos, a las licencias y vacaciones, a las dimisiones y remociones y, por último, a la edad de retiro, jubilación y pensiones. En dicho Decreto, en el capítulo relacionado con el ingreso a la Carrera, se establecía que se exceptuaba de los requisitos de autorización del Ministerio, de posesión del diploma de Extensión Diplomática y Consular, de inscripción en el libro del Ministerio de Relaciones Exteriores, del requisito de no ser mayor de 35 años y del de haber ganado las oposiciones establecidas para el ingreso a la Carrera, a los funcionarios colombianos a que se refiere el artículo 6º del Decreto 592 de 1938, transcrito al final del artículo precedente. Se establecía, por otra parte, que el Gobierno les reconocería su carácter de funcionarios de Carrera por virtud de decreto especial en el cargo y en la categoría que tengan en la fecha en que hayan completado o completen los 12 años consecutivos de servicio que en el mismo artículo se exigen.

XXIV. El Decreto 1872 de 1943 (septiembre 24) estableció que los funcionarios diplomáticos o consulares remunerados comprendidos dentro de las categorías establecidas en el artículo 1º del Decreto 320 de 1938, sean o no de Carrera, no podrán desempeñar cargos en el exterior por un período consecutivo mayor de cuatro años. Tales funcionarios no podrán ser nombrados nuevamente para desempeñar cargos en el servicio diplomático o consular sino después de haber permanecido en el país por no menos de dos años. El mismo Decreto dispone que para ingresar a la Carrera diplomática y Consular, de acuerdo con el artículo 6º del Decreto 592 de 1938, se requerirá como condición indispensable que los funcionarios comprendidos dentro de dicho artículo demuestren haber estado en Colombia al Servicio de la Administración Pública dos años por lo menos, por cada período de cuatro años en el exterior. Estableció, además, este Decreto que para ascender en la Carrera Diplomática era necesario volver al país por dos años después de servir cuatro en el exterior.

XXV. Los decretos por los cuales se ha reglamentado el ceremonial diplomático de Colombia son los siguientes: el 1040 de 1901; el 724 de 1931; el 95 de 1935 y el 625 de 1938. Por último, el Decreto 1091 de 26 de marzo de 1948 reglamentó el ceremonial diplomático a que debe atenerse la acción de los representantes de las naciones amigas y determinó así mismo la forma de los actos en que los dichos representantes diplomáticos toman parte. El orden de precedencia de los representantes diplomáticos extranjeros, de conformidad con dicho Decreto, es el siguiente: Nuncio y Embajador Extraordinario y Plenipotenciario; Internuncio y Enviado Extraordinario y Ministro Plenipotenciario; Ministro Residente; Encargado de Negocios con carta de gabinete; Encargado de Negocios ad interim; auditor y Consejero; Primer Secretario; Segundo Secretario; Tercer Secretario; Adjuntos Militares, Navales y Aéreos por su graduación; Agregados Especializados y Civiles. Después de lo anterior, el Decreto establece la forma en que los jefes de misión deben ser recibidos tanto a su llegada al país como en la visita al Ministro de Relaciones Exteriores, previa a su presentación de credenciales; la organización de su presentación tanto en el caso de Embajadores como en el de Ministros; el recibo por el Ministro de Relaciones Exteriores de los Encargados de Negocios; el ceremonial para misiones especiales y las visitas protocolarias que deben realizar los diplomáticos al iniciar su misión. Se establece asimismo que los agentes diplomáticos mantendrán relaciones oficiales para todo lo referente a su misión con el Ministro de Relaciones Exteriores, único conducto para tratar los asuntos oficiales entre el Gobierno y las misiones diplomáticas. Cuando los Embajadores o Ministros diplomáticos deseen conferenciar con el Jefe del Estado, solicitarán la audiencia privada por escrito, y por conducto del Ministerio de Relaciones Exteriores, expresando el motivo de su solicitud. El Presidente de la República no dará audiencia a los Encargados de Negocios ni al personal subalterno de las misiones diplomáticas. Si un extranjero tuviere misión privada o confidencial ante el Presidente de la República o el Ministro de Relaciones Exteriores, debe solicitar la audiencia correspondiente por intermedio del representante diplomático del país de cual es nacional. Cuando los agentes diplomáticos hubieren de hacer llegar cartas de gabinete al Presidente de la República lo harán por intermedio del Ministerio de Relaciones Exteriores. En cuanto a los audiencias de los Embajadores o Ministros con el Ministro de Relaciones Exteriores, deberán solicitarse verbalmente al Departamento de Protocolo. El mismo Decreto establece las ceremonias oficiales a que deben asistir y ser invitados los representantes diplomáticos, la precedencia que en ellas se debe seguir y la organización de la recepción de dicha corporación por parte de del Presidente de la República, el 20 de julio. A continuación se establece la conmemoración de aniversarios extranjeros y el ceremonial particular de la transmisión de mando presidencial. Concluye el mencionado Decreto con las disposiciones sobre los cambios en el Ministerio de Relaciones Exteriores, la entrega de condecoraciones al Jefe de Estado y las invitaciones al mismo, cuya aceptación se reserva al propio Jefe de Estado y debe considerarse excepcional. Invariablemente la fiesta o banquete debe ser en su honor y la lista de los invitados le debe ser comunicada con la debida anterioridad.

XXVI. El Decreto 1091 de 1948 fue modificado por el 2090 de 4 de septiembre de 1952, en lo tocante a la ceremonia de la presentación de credenciales, a la recepción del 20 de julio y a la precedencia de las autoridades colombianas en relación con los diplomáticos extranjeros.

XXVII. Condecoraciones Colombianas. La Orden de Boyacá fue creada por el Libertador para premiar los esfuerzos y sacrificios de los próceres de la campaña libertadora de 1819 y es el galardón más valioso que otorga la República. La primera imposición se realizo en la Plaza Mayor de Bogotá el 18 de septiembre de 1819. El Gobierno Nacional, en el centenario de la campaña libertadora de 1819, concedió la Cruz de Boyacá a los oficiales del ejercito como recuerdo de tal conmemoración, por medio del Decreto 1667 de 8 de agosto de 1919. Por Decreto 513 de 1922 se hizo extensiva su concesión a los militares y a los diplomáticos de naciones amigas de Colombia. Por Decreto 1247 de 6 de agosto de 1930 se convirtió en orden civil y militar. Los estatutos correspondientes fueron modificados por el Decreto número 94 de 1935, y por el número 1612 de julio de 1952 se estableció que el 7 de agosto fuera el día de la Orden de Boyacá. El Decreto 1396 de 1954 codificó y reformó los estatutos de la Orden, estableció el Consejo, sus funciones y las del Canciller, y los grados de la misma; son éstos: Gran Cruz Extraordinaria; Gran Cruz, Gran Oficial, Cruz de Plata, Comendador; Oficial y Caballero.

XXVIII. Por medio del Decreto 2397 de 16 de agosto de 1954 se estableció la Orden Nacional de San Carlos, la cual se concede a Colombianos y extranjeros, civiles o militares que hubieren prestado señalados servicios a la Nación, especialmente en el campo de las relaciones internacionales. Tanto en la Orden de Boyacá como en la de San Carlos, el Presidente de la República es Gran Maestre de la Orden; el Ministro de Relaciones Exteriores, Gran Canciller; y el Director del Protocolo, Canciller. El nombre de la Orden de San Carlos es el del palacio sede tradicional de la Cancillería Colombiana.

XXIX. Condecoraciones Militares. Son las siguientes:

La medalla "Francisco José de Caldas", destinada a los miembros de las Fuerzas Militares en servicio activo, creada por el Decreto 3404 de 1950:
La condecoración "Servicios Distinguidos en Orden Público", destinada a los miembros de la Fuerzas Militares que sobresalgan por una acción distinguida de valor en servicio de orden público dentro del territorio nacional, creada por el Decreto 803 de 27 de marzo de 1952.
XXX. Por medio del Decreto 805 de 27 de marzo de 1952 se modificaron los estatutos de las condecoraciones militares, para unificarlas y ordenarlas. Son estas, las condecoraciones a que se refiere la disposición citada: Orden del Mérito Militar Antonio Nariño, Orden del Mérito General José María Córdoba, Orden Naval Almirante Padilla, Orden del Mérito Aeronáutico Antonio Ricaurte, Orden del Mérito Sanitario José Fernández Madrid. Por medio del Decreto 2358 de 1953, por el cual se sustituyen los Decretos números 2780 y 2974 de 1952, se creó la Orden de la Estrella de la Policía.

XXXI. Otras condecoraciones. Por el Decreto 2898 de 1º de octubre de 1954 se creó la Orden del Mérito Industrial. Por el Decreto 3436 de 5 de octubre de 1948 fue creada la Medalla Cívica Camilo Torres. Por medio del Decreto 2912 de 30 de noviembre de 1956 se aprobó la Resolución número 1 del mismo año del Consejo Directivo de la Universidad Nacional, creando la Medalla José Felix de Restrepo, condecoración oficial de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas de la Universidad Nacional.



NORMAS DE ORGANIZACIÓN SUSCRITAS POR EL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES DESDE EL AÑO DE 1954.


DECRETO 1197 Julio 9 de 1958. Orgánico del Ministerio de Relaciones Exteriores

DECRETO 2017 Julio 17 de 1968 Orgánico del Ministerio de relaciones Exteriores

DECRETO 2472 Septiembre de 1968 5 Modifica el Decreto 2017 del 17 de julio de 1968

LEY 11 de 1190 Establece la estructura orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores, se determinan las funciones de sus dependencias, se confieren unas facultades y se dictan otras disposiciones.

LEY 33 Marzo 16 de 1990 Modifica la Estructura del Ministerio de Relaciones Exteriores y se dictan otras disposiciones.

DECRETO 2126 de 1992 Por el cual se reestructura el Ministerio de Relaciones Exteriores y se determinan las funciones de sus dependencias.

DECRETO 1295 de 2000 Por el cual se modifica la estructura del Ministerio de Relaciones Exteriores.

DECRETO 274 de 2000 Por la cual se regula el Servicio Exterior de la República y la Carrera Diplomática y Consular.